Clasificación de los datos

  • Nivel Básico: Para todos los ficheros de datos de carácter personal.
  • Nivel Medio: Serán adoptadas para:
a) Ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales.
b) Ficheros que contengan datos sobre Hacienda Pública.
c) Ficheros que contengan datos sobre Servicios Financieros.
d) Ficheros que contengan datos sobre solvencia patrimonial y crédito.
e) Ficheros que contengan un conjunto de datos suficientes que permitan elaborar un perfil del afectado 


  • Nivel Alto: Aquellos que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud, vida sexual.

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