- Nivel Básico: Para todos los ficheros de datos de carácter personal.
- Nivel Medio: Serán adoptadas para:
a) Ficheros que
contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o
penales.
b) Ficheros que
contengan datos sobre Hacienda Pública.
c) Ficheros que
contengan datos sobre Servicios Financieros.
d) Ficheros que
contengan datos sobre solvencia patrimonial y crédito.
e) Ficheros que
contengan un conjunto de datos suficientes que permitan elaborar un perfil del
afectado
- Nivel Alto: Aquellos que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud, vida sexual.
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